jueves, 10 de abril de 2014

Cámara Inmobiliaria introdujo recurso de nulidad por Providencia de alquileres

Hoy miércoles 9 de abril la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, representada por su presidente, Aquiles Martini Pietri, introdujo en los Tribunales Superiores Contenciosos que quedan en el piso 6 de la Torre Impre Médico, Avenida Venezuela, El Rosal, un recurso de nulidad por inconstitucionalidad de la providencia de la Superintendencia de Arrendamiento de Viviendas publicada en Gaceta Oficial 40.382.

Martini Pietri declaró a los medios que esta acción en tribunales es para defender los derechos constitucionales de inquilinos y propietarios, que se ven afectados porque la Providencia obliga a los propietarios a renunciar a su propiedad obligándolos a la venta de inmuebles, y a los inquilinos los obliga a comprar.

"Los derechos constitucionales siempre hay que defenderlos. Es sólo cuestión de conceptos y principios", explicó el presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela a través de su cuenta de Twitter @martinipietri.

Presentar el recurso de nulidad consiste en elevar a la jurisdicción especializada que es la contenciosa administrativa la revisión de la Providencia para que determine si es constitucional o no, explicó Martini Pietri, quien añadió que a juicio de la Cámara Inmobiliaria la Providencia es inconstitucional porque, entre otros motivos, "usurpa funciones de la Asamblea Nacional al legislar sobre materia de procedimiento y sanciones, que es reserva legal".

La providencia en cuestión
La providencia de la Superintendencia de Arrendamientos de Viviendas afecta a aquellos edificios en todo el país que tienen 20 años o más dedicados al arrendamiento. La Providencia obliga al propietario de ese edificio a vender cada uno de esos apartamentos a los inquilinos.

Según la normativa deben ofertarse los inmuebles al inquilino en un lapso no mayor de 60 días hábiles que comenzó a contarse a partir del 28 de marzo de 2014. El propietario está sujeto a sanciones si se incumpliese esta providencia administrativa. Las sanciones son multas de 2.000 U.T por cada apartamento no ofertado al arrendatario, multa que deberá pagarse dentro de un lapso de 5 días. Si no se pagare la multa, se considera al arrendador o propietario reincidente, y se duplica el valor de la multa. En muchos casos las multas pueden superar incluso el valor cada apartamento, incluso del edificio.


La Cámara Inmobiliaria de Venezuela ha elevado su voz denunciando la Providencia como inconstitucional y violatoria de los derechos de los venezolanos, pues no es justo favorecer a unos venezolanos pisando el derecho constitucional de propiedad que tienen otros.

Fuente: Prensa Cámara Inmobiliaria de Venezuela


lunes, 7 de abril de 2014

Preguntas y Respuestas sobre Providencia que afecta Edificios de vieja data (Gaceta Oficial 40.382 del 28-3-2014)

¿A qué inmuebles afecta esta providencia de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento?

A aquellos edificios en todo el país que tienen 20 años o más dedicados al arrendamiento. La Providencia obliga al propietario de ese edificio a vender cada uno de esos apartamentos a los inquilinos.

¿Cuáles son las condiciones que establece la Providencia?

Deben ofertarse los inmuebles al inquilino en un lapso no mayor de 60 días hábiles que comenzó a contarse a partir del 28 de marzo de 2014. El propietario está sujeto a sanciones si se incumpliese esta providencia administrativa. Las sanciones son multas de 2.000 U.T por cada apartamento no ofertado al arrendatario, multa que deberá pagarse dentro de un lapso de 5 días. Si no se pagare la multa, se considera al arrendador o propietario reincidente, y se duplica el valor de la multa. En muchos casos las multas pueden superar incluso el valor cada apartamento, incluso del edificio.

¿Hay alguna otra forma de penalidad?

Si no se pagan las multas establecidas en la providencia, la Superintendencia Nacional de Arrendamiento deberá proceder ante los tribunales competentes a demandar el cobro de la multa, embargando ejecutivamente el inmueble que se traduce en cobrarse del inmueble y adjudicárselo el Estado como pago de la sanción impuesta. 

La providencia me afecta (soy multiarrendador), ¿qué debo hacer según la misma?

Primero: si no se está registrado o inscrito proceder a ello. 

Segundo: solicitar a la Superintendencia de Arrendamiento de Viviendas que fije el valor del inmueble. Para ello deberá presentar ante la Superintendencia lo siguiente: Solicitud escrita, Contrato de Arrendamiento o Justificativo de Testigo que demuestre Relación de Arrendamiento; Certificado de haber cumplido con la inscripción en el Registro Nacional de Arrendamiento; Planilla de características del inmueble; Documento de condominio del edificio; Documento de propiedad del inmueble; Permiso de habitabilidad o permiso de construcción del inmueble; fotografías de las cuatro fachadas, de los ascensores, de los ductos de basura, de las escaleras de acceso a cada piso, de los bajantes de basura, de los sótanos, de los tanques de aguas blancas, de los jardines y en general de las áreas comunes, en papel fotográfico no mayor a dos meses de la fecha de su presentación.

Tercero: Paralelamente si no está convertido al régimen de Propiedad Horizontal proceder a ello.

Cuarto: Ofertarlo en venta a los inquilinos a través de tribunales o notaria, cumpliendo los requisitos que dispone la ley (precio fijo, un año para pagar, no exigencia de arras, ni inicial, ni pago contado, acompañar documento de propiedad, documento de condominio, el acto de fijación del precio, certificación del gravamen, condiciones y modalidad de la negociación).

Quinto: Si el inquilino acepta la oferta proceder a suscribir un compromiso preliminar de compraventa que le permita a este tramitar un crédito hipotecario de ser el caso.
Sexto: Finalmente otorgar el documento definitivo de compraventa ante el registro al vencimiento del año.

No puedo hacer la oferta, mi inmueble no está convertido al régimen de Propiedad Horizontal, ¿qué hago?

Este es uno de los grandes inconvenientes y lagunas de la Providencia.

Sugerimos: Tratar de paralelamente de agotar el procedimiento y trámites para la conversión mientras se realizan las gestiones ante Sunavi. Dado que el lapso es corto y los trámites para la conversión conllevan otros que toman tiempo dada su naturaleza, adicional a las demoras propias de la administración pública, solicitar una prórroga fundada en el motivo probando que se están realizando las gestiones.

Se debe señalar que se estima que el procedimeinto de avalúo que realizará la Sunavi no será el previsto en la Ley que rige la materia, pues así se anunció a traves de medios de comunicación. Según la ley que rige la materia la Superintendencia debe fijar los precios de los inmuebles, dicho procedimiento desde la aprobación en noviembre de 2011 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda  debió hacerse y no se ha cumplido salvo en pocos y contados casos, siempre sin cumplir el adecuadamente los pasos legalmente establecidos. Es un procedimiento que requiere de una importante capacidad técnica y administrativa que hasta ahora la Superintendencia no ha demostrado tener.

Es un porcentaje altísimo los edificios afectados por la providencia de la Sunavi que no se adecúan a los requerimiento de  la Ley de Propiedad Horizontal, ni se han convertido a dicho régimen y por ende no tienen documentos de condominio, por lo tanto no pueden ser ofertados a los inquilinos, e incluso no sabemos si la Sunavi reciba las solicitudes en estos casos.

Solventar estas deficiencias, entre otras, tomaría muchísimo más tiempo que el lapso establecido por la Providencia para hacer las ofertas, por lo que se entiende que es una providencia inviable.

¿Qué hago si no deseo vender mi propiedad a los inquilinos? ¿O si soy un inquilino y no deseo comprar?

La Cámara Inmobiliaria de Venezuela ha elevado su voz denunciando la Providencia como inconstitucional y violatoria de los derechos de los venezolanos, pues no es justo favorecer a unos venezolanos pisando el derecho constitucional de propiedad que tienen otros. En ese sentido, el gremio inmobiliario está trabajando para introducir recursos ante los tribunales competentes que permitan anular esta Providencia que no solo es imposible cumplir sino que además violenta el derecho de propiedad privada de un grupo de venezolanos.

Soy inquilino, y deseo comprar, ¿qué debo hacer?

Colaborar con el propietario o arrendador. Si usted no compra, el inmueble podrá ser vendido a una tercera persona, si decide comprar, debe gestionar un crédito hipotecario cumpliendo los requisitos para ello. 

La Providencia, aparentemente, favorece a los inquilinos, pero lo cierto es que  los obliga a comprar un inmueble sin establecer formas de financiamiento ni qué sistema de crédito se utilizará para hacer efectiva la compra. Es necesario recordar que el Gobierno está en mora con muchas familias de inquilinos de edificios expropiados en años anteriores que no han sido entregados propiamente a las familias que residen en ellos pues el Gobierno no ha hecho efectiva la transferencia de recursos financieros para tal fin, ello sin considerar los casos en los cuales la compra será de un inmueble que resulte riesgoso por no reunir los requisitos mínimos de adecuación y habitabilidad.

Debe tomarse en consideración que dadas las características propias de la mayoría de los edificios en términos legales y urbanísticos es imposible realizar la oferta de los inmuebles tal como lo establece la Providencia, y por otro lado, estaríamos validando una Providencia inconstitucional, como lo han señalado abogados expertos del área arrendaticia.


Fuente: Prensa Cámara Inmobiliaria de Venezuela


Denuncian que venta de edificios con más de 20 años en alquiler "cercena el derecho de propiedad"

A juicio de la abogada en derecho inquilinario, Dora Farias, la normativa que establece que propietarios deberán vender a sus arrendatarios apartamentos con más de 20 años en alquiler, va en contra de la posesión privada porque cercena el derecho de propiedad.

"Ese es el colofón, porque me están cercenando el derecho de propiedad, me están obligando a vender mi propiedad", manifestó durante el programa "Aló Venezuela", por Globovisión.

 Asismimo, Doras Farias indicó que la nueva providencia administrativa ha causado mucha conmoción porque la norma no ha sido esclarecida, puesto que se concentra únicamente en los multiarrendadores.

 "Hay un detalle que no prevé la normativa y es cuando el inquilino no quiere comprar. También, la nueva ley no incluye a las casas, a los pequeños arrendadores y a los apartamentos con menos años", explicó.

60 días hábiles para colocar en venta los inmuebles a sus arrendatarios "es una preocupación"

De igual manera, Farias expresó que unas de las principales preocupaciones en torno a la nueva normativa es el período de 60 días hábiles para colocar en venta los inmuebles a sus arrendatarios, porque "es imposible lograr la recaudación en ese tiempo". "La perentoriedad son los 60 días. Eso no va a ser posible", agregó

 Por otro lado, la abogada se refirió a que la constitución prevé el derecho a la vivienda. "Estoy de acuerdo que se establezcan normas, pero hay que ver las dos caras de la moneda: la del inquilino y la del arrendatario", manifestó. "Sin embargo, no hay igualdad entre el que alquila y el inquilino. No tienen los mismos derechos", dijo Farias.

Fuente: Globovisión

Reportan pérdida de 60 mil empleos por regulaciones en centros comerciales

El director Ejecutivo de la Cámara de Comercios de Caracas, Víctor Maldonado, denunció que las regulaciones del Gobierno nacional sobre los arrendamientos en los centros comerciales han producido una baja de 60 mil empleos en la cartera de ese sector, que genera en todo el país unos 600 mil.

 Se refirió a las medidas del Ejecutivo como "una gran morisqueta", por la cual los comerciantes "no saben qué hacer" en torno cómo deberán operar para prestar los servicios tradicionales.

 Reiteró que la solución a la crisis económica del sector reside en que el Gobierno se retire de ese campo y retornen a la dinámica de operaciones anterior. "Había buena relación entre arrendadores y arrendatarios. Eso funcionaba, generaba empleo y daba servicio de buena calidad", argumentó.

 Instó a dejar que esta relación de alquiler se desarrolle sin la intervención del Estado, al cual sugirió "voltear la cara" hacia la inseguridad, el desempleo y multiplicar el parque empresarial por 3, para generar fuentes de trabajo.

Gobierno solicitó aplazar medida de cierre semanal de los centros comerciales

 Aclaró que la suspensión temporal de la medida de cierre de centros comerciales los días lunes, se debió a una solicitud del Gobierno nacional. "Nos pidió algo de tiempo", dijo.

 Un día sin laborar, explicó Maldonado, implicaría pérdida de comisiones para trabajadores de las tiendas, además de una disminución "dramática" de la posibilidad para ofertar productos y servicios.

 "Yo quiero saber qué pasará con los bancos, con los negocios que trabajan 24 horas, los servicios públicos dentro de los centros comerciales. No se puede seguir implementando el populismo del cuero", sentenció.

 La Cámara Venezolana de Centros Comerciales (Cavececo) informó colgó en su cuenta de Twitter que el Ministerio de Vivienda, el cual maneja las regulaciones, "reconoció" las condiciones bajo las que opera el sector y revisó las propuestas.

 Maldonado recordó que se mantienen en disposición al diálogo con el Ejecutivo para continuar buscando solución al problema.

Fuente: Globovisión

Ministerio de Vivienda revisa operaciones de los centros comerciales

Según Cavececo, el Gobierno abordó temas cruciales para los comercios

La Cámara Venezolana de Centros Comerciales (Cavececo) informó que el Ministerio de la Vivienda está revisando el funcionamiento de los establecimientos.

El organismo a través de su cuenta de Twitter indicó que "en la reunión entre Cavececo y el Ministerio de la Vivienda se abordaron temas cruciales para el funcionamiento de centros comerciales" y añadió que "se espera pronta solución".

Según la organización, "el Ministerio de la Vivienda reconoció las condiciones adversas de centros comerciales y revisó soluciones".

Tras esa reunión que se efectuó el pasado viernes, los centros comerciales acordaron diferir el cierre de los días lunes. En dicho encuentro también se analizó el proyecto de Ley de Arrendamientos de los Locales Comerciales.

En la propuesta ya se contemplan que dos parámetros para la estimación de los cánones de arrendamiento. La propuesta establece precios fijos y precios variables.

Los precios fijos estarían sujetos a un porcentaje del valor del inmueble y para los precios variables se tomaría como referencia un porcentaje de las ventas.

Fuente: El Universal

miércoles, 2 de abril de 2014

Cámara Inmobiliaria de Venezuela solicitará derogar norma de venta de inmuebles con más de 20 años alquilados

 "Se presentará un recurso de nulidad" de la resolución, dijo el presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela


La Cámara Inmobiliaria de Venezuela pedirá al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) la nulidad del decreto que obliga a los dueños de inmuebles alquilados hace 20 años o más a venderlos a sus arrendatarios en un plazo perentorio de 60 días o afrontar multas. 

"Se presentará un recurso de nulidad" de la resolución del Ministerio de Vivienda de Venezuela que se aplica en Cuba y en otros "países comunistas donde no se respeta la propiedad privada", declaró a Efe el presidente de la Cámara, Aquiles Martini Pietri, reseña Últimas Noticias.

El decreto ministerial advierte que la multa inicial a quien no venda su propiedad en el plazo perentorio será de 2.000 Unidades Tributarias, equivalente a 254.000 bolívares, que debe ser pagada en un lapso de cinco días. 

La multa será doblada y si esa cantidad de dinero no se pagaen un lapso de cinco días, "la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda solicitará el embargo ejecutivo correspondiente sobre el inmueble o inmuebles objeto de la multa", señala la resolución ministerial. 

Consultado sobre la hipótesis de que el decreto no pasa de ser una carta política para ser retirada luego en la mesa de un diálogo nacional previsto entre el Gobierno y la oposición, Pietri advirtió que si fuera así "ese diálogo sería un gran engaño".

"Yo quisiera imaginarme que no es así, porque si fuese así esto del diálogo sería un gran engaño. Yo tengo que creer, yo necesito creer que a través del diálogo vamos a buscar y a encontrar la fórmula de hacer viable la Venezuela del futuro", sostuvo. 

El presidente de la Cámara Inmobiliaria admitió que el decreto lo sorprendió, porque se ha reunido en varias ocasiones en las últimas semanas con su autor, el ministro de Vivienda, Ricardo Molina. 

En esas oportunidades "le dije al ministro que la paz y la confianza no se decretan, sino que son consecuencias de actos, comentó. 

"Es complicado de entender que si estamos hablando de mesas de paz, de reencuentro, de buscar formas de hacer viable el país del futuro", haya publicado en la Gaceta Oficial una resolución que "violenta la propiedad privada y los derechos constitucionales", remarcó. 

Explicó al respecto que la Constitución prevé la confiscación y la expropiación con el respectivo pago de una indemnización, pero "no la obligación de vender y de comprar, porque en esta resolución también se está obligando al inquilino a comprar". 

En Venezuela, los edificios para alquilar fueron construidos en la segunda mitad del siglo XX principalmente "por europeos como garantía de rentabilidad en sus años dorados", y las personas afectadas con la medida suman 120.000, dijo Martini Pietri.

Si no pagan los 254.000 bolívares en multas y ven perder sus propiedades, estos entonces "expropietarios no pueden protestar, no hay cómo reclamar a nadie, no tendrán derecho a la justicia porque se trata de actos administrativos", apuntó. 

El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, calificó de "inconstitucional" la norma y alertó de que "muchos de estos edificios los ocupan personas de la tercera edad", a quienes la banca no los considera a la hora de otorgar créditos para que los compren. 

El Gobierno del presidente Nicolás Maduro, adicionalmente, aún no fija los nuevos valores por metro cuadrado de construcción que deben reconocer el índice inflacionario, que en 2013 fue de 56,2 %, agregó el titular de Apiur. 


Fuente: El Mundo Economía & Negocios

Los inquilinos tienen prioridad para comprar (Créditos: Archivo)